El miércoles varios países que conforman la Organización de la Naciones Unidas (ONU), han realizado declaraciones donde denuncian que el Gobierno de Venezuela ha aplicado crímenes de lesa humanidad contra sus habitantes. Por dicha razón 6 naciones hacen un llamado ante la Corte Penal Internacional (CPI), para que el presidente venezolano, Nicolás Maduro, rinda cuentas ante el tribunal internacional.
Asimismo, en dichos delitos no solo está involucrado el Maduro, sino también varios de los funcionarios que componen su gabinete ministerial y personajes fieles a la corriente ideológica que se ha encargado de situar a Venezuela en la peor crisis social, humanitaria, económica y social de toda su historia.
A continuación los puntos que el Gobierno de Maduro, debería de enfrentar ante las denuncias en su contra, según reseña Proiuris.
1.- ¿Cuál es el fundamento de la acción?
La iniciativa de Argentina, Canadá, Colombia, Chile, Paraguay y Perú, los seis países que este 26 de septiembre de 2018 solicitaron a la Corte Penal Internacional (CPI) investigar crímenes de lesa humanidad en Venezuela se basa en el informe elaborado por un Panel de Expertos Internacionales Independientes de la Organización de Estados Americanos (OEA) y presentado a la Secretaría General de la OEA el 29 de mayo de 2018. El informe suscrito por Santiago Cantón (Argentina), Irwin Cotler (Canadá), y Manuel Ventura Robles (Costa Rica), concluye que hay “fundamento suficiente” para la investigación, enjuiciamiento y sanción de crímenes de lesa humanidad en Venezuela, en los términos establecidos en el Estatuto de Roma. Los expertos recomendaron al secretario general de la OEA, Luis Almagro, remitir dicho informe y la evidencia recopilada a la Oficina de la Fiscal ante la Corte Penal Internacional y, además, instar a los Estados Partes del Estatuto de Roma (134 países) a que soliciten la apertura de la investigación.
En la comunicación dirigida a la fiscal ante la CPI, Fatou Bensouda, se invoca el Informe de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), publicado el 31 de diciembre de 2017. En esa oportunidad la CIDH denunció que “la debilidad en la institucionalidad democrática y el deterioro progresivo de la situación de los derechos humanos en Venezuela (…) han profundizado e intensificado significativamente a partir de 2015 y de manera alarmante en 2017”. Además, se menciona el Informe del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (Acnudh), publicado el 22 de junio de 2018, en el cual también se advierte sobre la brutalidad policial y militar como acciones sistemáticas. Sin embargo, el escrutinio de la CIDH y del Acnudh se orienta a determinar la responsabilidad del Estado venezolano y no la responsabilidad penal individual por crímenes de lesa humanidad, que es lo que constituye la competencia (por la materia) de la CPI.
2.- ¿Qué y cuáles son los crímenes de lesa humanidad?
El artículo 7 del Estatuto de Roma indica: “A los efectos del presente Estatuto, se entenderá por ‘crimen de lesa humanidad’ cualquiera de los actos siguientes cuando se cometa como parte de un ataque generalizado o sistemático contra una población civil y con conocimiento de dicho ataque:
a) Asesinato;
b) Exterminio;
c) Esclavitud;
d) Deportación o traslado forzoso de población;
e) Encarcelación u otra privación grave de la libertad física en violación de normas fundamentales de derecho internacional;
f) Tortura;
g) Violación, esclavitud sexual, prostitución forzada, embarazo forzado, esterilización forzada o cualquier otra forma de violencia sexual de gravedad comparable;
h) Persecución de un grupo o colectividad con identidad propia fundada en motivos políticos, raciales, nacionales, étnicos, culturales, religiosos, de género definido en el párrafo 3, u otros motivos universalmente reconocidos como inaceptables con arreglo al derecho internacional, en conexión con cualquier acto mencionado en el presente párrafo o con cualquier crimen de la competencia de la Corte;
i) Desaparición forzada de personas;
j) El crimen de apartheid;
k) Otros actos inhumanos de carácter similar que causen intencionalmente grandes sufrimientos o atenten gravemente contra la integridad física o la salud mental o física”.
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